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Información Legal

Información MiFID

La Directiva MiFID , que entró en vigor el 1 de noviembre de 2007, incorporó cambios significativos en la actual regulación de la Unión Europea aplicable a las entidades y mercados financieros. 

Para más información puede consultar en el documento "Información MiFID"
PDF (214KB)
.

Ejecución óptima

Una de las novedades de la Directiva MiFID es el principio de Ejecución óptima. Dicho principio exige que las empresas que prestan servicios de inversión adopten todas las medidas razonables con el fin de obtener la mejor ejecución posible en los mercados en relación con las órdenes sobre valores e instrumentos financieros recibidas de los clientes, ya sea para su ejecución directa o para la transmisión de las mismas a otras entidades para su ejecución. Encontrará más información al respecto en el documento "Información al cliente sobre ejecución óptima" PDF (581KB).

Conflictos de interés

La identificación y la gestión por parte de Credit Suisse de los conflictos de interés que puedan surgir, vienen recogidas en el documento "Resumen de la política del Credit Suisse AG para la prevención y gestión de conflictos de interés" PDF (177KB).

Comisiones, honorarios y beneficios

En Credit Suisse hemos adoptado las medidas necesarias para mantenerle informado acerca de los sistemas de remuneraciones pagadas o recibidas de terceros en relación con los servicios y/o productos de inversión que Credit Suisse le presta y ofrece. En el documento "Comisiones, honorarios y beneficios percibidos o pagados en relación con la prestación de servicios de inversión" PDF (217KB) podrá encontrar información detallada sobre esta materia.

Política de clasificación de los clientes

MiFID obliga a las entidades que prestan servicios de inversión a asignar a cada uno de sus clientes la consideración de "cliente privado" o "cliente profesional" en base a factores objetivos previstos por la normativa aplicable. La consideración de un cliente como "cliente privado" o "cliente profesional" podrá determinar el alcance de la protección legal específica que recibirá y, en particular, podrá afectar al nivel de información que se deba recabar del cliente y a la información que se le proporcione en relación con los servicios y operaciones que realice.

Evaluación de la idoneidad y conveniencia

La normativa MiFID exige a todos los intermediarios financieros en la prestación y comercialización de servicios y productos de inversión que evalúen la idoneidad o la conveniencia de éstos para sus clientes. Ello puede implicar que, en un momento dado, el cliente deba proporcionar cierta información para garantizar que se cumplan los requisitos específicos establecidos en esta materia por las normas que se derivan de MiFID.

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